Limites ao poder de tributar no marco da Constituiçâo brasileira de 1988
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Date
2016-06-23Author
Sunción Infante, Vidal
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El Estado tiene el poder constitucional de tributar, aunque tal potestad debe ser ejercida de conformidad con los mandamientos de la Constitución en lo que respecta a los derechos y garantías fundamentales que giran en torno a la dignidad de la persona humana, la cual, de por sí, constituye el fin supremo del Estado. El estudio de los ¿Límites al poder de tributar en el marco de la Constitución brasileña de 1988¿ pretende comprender la efectividad de los obstáculos constitucionales que limitan el poder de tributar de los entes políticos brasileños, confrontados con la jurisprudencia asentada por el Supremo Tribunal Federal (STF), en pro de la integridad constitucional de los principios tributarios y de la propia dignidad humana, como fundamento de la República brasileña. Los resultados de la investigación muestran la densidad axiológica constitucional sobre principios tributarios en pro del respeto a la dignidad del contribuyente y el esfuerzo adjudicatario de la Suprema Corte Brasileña para mantener la integridad de esos mandatos constitucionales, plasmados en abundante jurisprudencia. Se percibe que los entes políticos que detentan el poder de instituir tributos, son los que detentan la confiscación vía ejecución tributaria en coherencia con el sistema jurídico patrio, en calidad de guardián de la Carta Política.