Implicaciones ambientales y territoriales de la ordenación de los recursos turísticos
Fecha
2016-01-26Autor
López Tubía, Eva Mª
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Se constatan las implicaciones ambientales y territoriales existentes en la ordenación de los recursos turísticos. El concepto de turismo sostenible se encuentra presente en las diferentes legislaciones. Las formas de intervención administrativa, a raíz de la Directiva Bolkestein, Directiva de Servicios, han evolucionado, tanto desde el Estado, como de las Comunidades Autónomas y Administración local. También lo ha hecho el concepto de recurso turístico, aplicando por la legislación de las Comunidades Autónomas partiendo de la definición elaborada por la OMT. Se constata un nuevo objetivo en la intervención de la administración: el uso sostenible de los recursos turísticos. Por ello, la legislación autonómica contempla Principios como el Principio de calidad del turismo, el Principio de desestacionalización, de diversificación y especialmente, el Principio de Sostenibilidad del Turismo, o Turismo Sostenible. Se pretende el logro de este Turismo Sostenible mediante la implantación de técnicas de prevención ambiental, como las Buenas Prácticas Ambientales o los sistemas EMAS, ISO 14000 con sus certificaciones de calidad. Asimismo, han evolucionado las formas de intervención en los recursos turísticos tradicionales, tales como el dominio marítimo-terrestre y los espacios naturales, sede de las modalidades turísticas de sol y playa y las nuevas tipologías de turismo rural y ecoturismo. Desde la propia legislación de ordenación turística, las Comunidades autónomas han previsto instrumentos de ordenación territorial, como las Comarcas y los Planes Estratégicos Comarcales en el País Vasco y los municipios turísticos, figura regulada incluso desde la propia Ley de Bases de Régimen Local.