La Cooperativas sin ánimo de lucro: ¿vuelta a los orígenes o respuesta a nuevas necesidades sociales?
Revista vasca de economía social = Gizarte ekonomiaren euskal aldizkaria (3) : 179-201 (2007)
Laburpena
En la reciente legislación cooperativa ha vuelto a resurgir expresamente la calificación de cooperativas sin ánimo de lucro, y algunas leyes autonómicas las equiparan a todos los efectos con las entidades sin fines lucrativos. No supone, sin embargo, el nacimiento de una nueva clase de cooperativas, o que las sociedades cooperativas hayan adoptado el régimen jurídico de las organizaciones no lucrativas contempladas en la legislación civil, sino que responde a intereses de carácter instrumental en las relaciones con las Administraciones Públicas para la prestación de servicios a personas o a la comunidad. Las mayores dudas se plantean en el régimen fiscal aplicable a estas cooperativas. pero su carácter empresarial impide una identificación en los requisitos exigibles a las entidades sin fines de lucro, aunque sea más laxa la legislación de estas entidades en el desarrollo de actividades económicas habituales y organizadas. De fondo, subyacen la diversidad de los enfoques identificativos de la Economía Social y del Tercer Sector, en su reflejo en la legislación española.