Legalización de la eutanasia y secularización del ordenamiento jurídico penal español.
Laburpena
[ES]Durante los siglos XIX y parte del XX el modelo de relación entre la Iglesia Católica y el Estado era el de una confesionalidad y, como consecuencia de ello, los valores católicos eran empleados como parámetros de legitimidad. Precisamente por ello, y teniendo en cuenta que la Iglesia Católica sostiene la idea de la sacralidad de la vida, la eutanasia ha estado penalizada desde el Código Penal de 1848. La Constitución Española de 1987 supuso la instauración del principio de laicidad, y con ello el inicio del proceso secularizador del ordenamiento jurídico español. Esta ha sido principalmente una de las razones por las que a principios del 2021 se legalizó la eutanasia mediante la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Este trabajo pretende analizar esa evolución jurídica que se ha producido en la eutanasia como consecuencia del desprendimiento por las normas penales de la visión sacralizada de la vida.