Grandes eventos en el espacio público
Espacio público y ordenanzas locales: estudio sobre su régimen jurídico : 259-302 (2018)
Laburpena
Uno de los ámbitos en el que han incidido las ordenanzas sobre civismo es la relativa a las condiciones en que pueden desarrollarse eventos en el espacio público. Se trataría de acontecimientos de tipo cultural, deportivo, de ocio, espectáculos y similares desarrollados en el espacio público, y que pueden tener distinta dimensión y alcance. La capacidad de intervención municipal respecto de este tipo de acontecimientos encontrará varios fundamentos, de entre los que caben destacar los siguientes: la intensidad del uso del dominio público; la ordenación del ámbito conocido como la policía de espectáculos (que incluye aspectos tales como la seguridad de las instalaciones, las medidas de prevención de riesgos, horarios, títulos habilitantes, inspecciones y sanciones); o la preservación del orden público y la seguridad de las personas y los bienes.
En este capítulo se analizará el régimen al que han de someterse los denominados “grandes eventos” que han sido singularizados en algunas ordenanzas sobre civismo. Teniendo en cuenta que los grandes eventos que pueden tener lugar o desarrollarse en el espacio público resultan heterogéneos, sometiéndose, en muchos casos, a normas de carácter sectorial, nos proponemos deslindar los regímenes de aplicación y analizar el alcance del régimen aplicable a los “grandes eventos en el espacio público”, preguntándonos en qué medida éste puede suponer alguna novedad respecto del régimen de intervención, control y supervisión prevista en la normativa sectorial, principalmente de espectáculos públicos, y cómo cabría resolver las eventuales colisiones de este régimen de intervención con los derechos fundamentales. Nos proponemos, en definitiva, reflexionar sobre la eventual regulación de este tipo de actividades en las Ordenanzas sobre espacio público, proponiendo modelos y líneas de avance.