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dc.contributor.advisorEchevarría Orella, Enrique ORCID
dc.contributor.advisorAbecia Inchaurregui, Luis Carlos ORCID
dc.contributor.authorBarbero Martínez, Ismael
dc.date.accessioned2018-12-10T12:52:55Z
dc.date.available2018-12-10T12:52:55Z
dc.date.issued2017-06-23
dc.date.submitted2017-06-23
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10810/30224
dc.description224 p.es_ES
dc.description.abstractEl medicamento constituye en la mayor parte de los procesos patológicos el último eslabón de una cadena que comienza con e ldiagnóstico del proceso y culmina con la instauración de una terapéutica determinada. Por lo tanto, supone un nexo de unión entre el sistema de asistencia sanitaria y el paciente,desprendiéndose de él consecuencias clínicas, sociales y económicas de gran importancia.La terapéutica farmacológica actual emplea productos y tecnologías de introducción relativamente reciente. A comienzos del siglo XIX, y aún del siglo XX, la mayoría de los medicamentos eran remedios de origen natural, de estructura y naturaleza desconocidas. El desarrollo de las ciencias químicas y de la fisiología en el siglo XIX no se acompañó de manera inmediata de grandes avances terapéuticos.En el primer tercio del siglo XX se introdujeron en terapéutica los primeros barbitúricos, los arsenicales y la insulina, pero no fue hasta los años cuarenta cuando comenzó la introducción masiva de nuevos fármacos que aportaban posibilidades de curación hasta entonces inimaginables, sobre todo en el campo de las enfermedadesinfecciosas. También a partir de este periodo se abrieron nuevas posibilidades en el tratamiento sintomático de cuadros agudos y de enfermedades crónicas.Para citar algunos ejemplos, en 1936 se introducen las sulfamidas, en1938 la fenitoína, en 1939 la petidina, en 1941 la penicilina, en 1943, los primeros derivados de la aminoquinolona, en 1947 la estreptomicina, en 1948 la clortetraciclina y el cloranfenicol, y en1951 la isoniazida y la procainamida. Desde este momento el número de medicamentos para uso terapéutico aumenta de manera espectacular en detrimento de las fórmulas magistrales.La puesta en el mercado de un medicamento requiere una autorización de comercialización previa emitida por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios o emitida de conformidad con lo dispuesto en las normas europeas que establecen los procedimientos comunitarios para la autorización de los medicamentos y que regula la Agencia Europea de Medicamentos(Art. 9 Ley 29/2006, 2006).Además, el fabricante del medicamento debe contar con una autorización de fabricación previa emitida por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y cumplir los principios ydirectrices de calidad que las normas de correcta fabricación de medicamentos establecen en el marco comunitario (Arts. 63 y 64.2Ley 29/2006 y Real Decreto 824/2010, 2010).El doble sistema de autorización garantiza, por una parte que los medicamentos han sido evaluados por una autoridad competente y por el otro que se han fabricado o han sido importados por fabricantes autorizados cuyas actividades están sometidas a inspecciones periódicas por las autoridades competentes. De este modo, se garantiza que los medicamentos de uso humano elaboradosindustrialmente cumplen las garantías legalmente exigibles: alcanzar los requisitos de calidad establecidos, ser seguros, no produciendo en condiciones normales de utilización efectos tóxicos o indeseables desproporcionados al beneficio que procura, ser eficaces en las indicaciones terapéuticas para las que se ofrecen,estar correctamente identificados y suministrar la información precisa, en formato accesible y deforma comprensible por el paciente, para su correcta utilización.(Art. 10.1 Ley 29/2006, de 26 de julio, 2006)No obstante, las presentaciones disponibles de estos medicamentos no siempre se encuentran listas para administrar o en el modo requerido para cubrir las necesidades especiales de los pacientes. En consecuencia, se debe recurrir a la preparación de medicamentos,adaptados a la situación clínica del paciente y en tal forma que puedan ser administrados en las dosis precisas y durante un periodo de tiempo determinado según los requerimientos individuales. En Europa, esta actividad no está armonizada y entra en el ámbito de competencia nacional. De acuerdo con la normativa legal vigente en España en el marco del uso racional del medicamento (Art. 82.2 Ley29/2006, de 26 de julio, 2006) la responsabilidad técnica de la preparación de medicamentos en los hospitales recae sobre los servicios de farmacia, los cuales deben encontrarse bajo la titularidady responsabilidad de un farmacéutico especialista en farmacia hospitalaria. (Art. 83.1 Ley 29/2006, de 26 de julio, 2006) .En enero de 2011, los representantes de los Estados incluidos en el Convenio sobre la elaboración de una Farmacopea Europea del Consejo de Europa, adoptan la Resolución CM/ResAP (ResolutionCM/ResAP(2011)1, 2011) , la cual recomienda la elaboración de unas directrices prácticas sobre preparación de medicamentos con el fin de evitar diferencias de calidad y seguridad entre las preparaciones de medicamentos y los medicamentos fabricados a escala industrial.En 2012 se adapta nuestra normativa (Art. 7 sobre manipulación yadecuación de medicamentos del Real Decreto-ley 16/2012, 2012) a la citada resolución y se establece que las comunidades autónomas podrán acreditar a los servicios de farmacia hospitalaria de su territorio para que en los mismos se puedan llevar a cabo las diversas operaciones que comprende la preparación de medicamentos, y que esta acreditación se efectuará de modo que se garantice el cumplimiento de las guías técnicas de buena práctica aplicables al caso por los servicios de farmacia hospitalaria donde se vayan a efectuar las operaciones señaladas.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.subjectenfermedades_ES
dc.titleDesarrollo de una herramienta informática para la evaluación de la prescripción farmacológica en atención primaria: aplicación en Álavaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_ES
dc.rights.holder(c)2017 ISMAEL BARBERO MARTINEZ
dc.identifier.studentID595215es_ES
dc.identifier.projectID19750es_ES
dc.departamentoesMedicina preventiva y salud públicaes_ES
dc.departamentoeuPrebentzio medikuntza eta osasun publikoaes_ES


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